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domingo, 20 de enero de 2013


MAS SOBRE LO MISMO…
He leído, en los últimos días, el libro “La Teoría de la Cosa Pública”  de James M. Buchanan, quien descubrió que era posible la aplicación y la extensión de la teoría económica a las elecciones políticas y gubernamentales, hallando además que era posible extender dicha teoría a las decisiones de los ciudadanos a efectos de hacer posible la elección entre los diversos partidos o ideologías existentes en el mercado político. Dicho descubrimiento le valió el premio Nobel de economía en 1986. Si bien es cierto que no estoy en todo de acuerdo con él, no es menos cierto que varios de sus conceptos tienen cabida dentro de cualquier sistema democrático abierto.
Los economistas se han dedicado, por entero, a estudiar con toda dedicación y esfuerzo el funcionamiento de los mercados, pero con raras excepciones a explicar las decisiones políticas, sin percatarse  de que la maquinaria del estado maneja tantos o más recursos que el sector  privado. Es curioso, por decir lo menos, que no se hayan usado los recursos de la ciencia económica y sus potentes instrumentos para analizar en profundidad los comportamientos de la cosa pública en el funcionamiento del Estado. Antes de las dos Guerras Mundiales, la participación del Estado sobre la economía era mínima. En la segunda mitad del siglo XX alcanzó niveles elevados y una alta tasa de bienestar público en los países desarrollados. En este contexto, James Buchanan, premio nobel de economía, se preocupó esencialmente por entender "cómo funciona la política en la práctica"... Con él nació la teoría de la toma de las decisiones públicas, una nueva rama de la economía  para adaptar las decisiones públicas a las necesidades básicas del estado sin perder de vista el interés general. El "homo politicus" es "homo economicus" y, al igual que un empresario, el hacedor de políticas públicas actúa fundamentalmente guiado por su propio interés alejado del interés general. Ello que se requiera de nuevos enfoques de la teoría política dentro de la vida constitucional para evitar, en lo posible, movimientos perversos que perjudiquen a la población en la que se aplican sus principios. Precisamente, esta delegación  en la toma de decisiones hace que las pensiones, la educación, la salud, las relaciones laborales, los servicios públicos y también el medio ambiente queden a merced de decisiones burocráticas en manos de políticos con compromisos poco éticos  que no necesariamente se guían por el "bien común".
La ciencia económica basa sus análisis en las motivaciones de los consumidores, financieros, inversores, empresarios, etc.,  sustentados  en el interés individual. Ahora bien, la visión que  se tiene de los gobiernos es bien diferente: damos por sentado que  su acción debe de  ser paternalista, desinteresada y generosa buscando con afán el bien común. Pero nos encontramos, más pronto que tarde, con déficit presupuestarios, crecimiento inadecuado de la administración pública, corrupción en la toma de decisiones para favorecer a determinados grupos de presión, fenómenos que deben desaparecer  en el manejo del estado y ser, por consiguiente, incompatibles  con el  buen funcionamiento de la cosa pública. Lo cierto es  que los políticos actúan mas guiados por sus mezquinos intereses que por favorecer el bien común…
Esta forma de actuar ha permeado todos los estamentos sociales y se ha  apoderado, de alguna forma, de la conciencia colectiva: hacer dinero pronto y  fácil  es el leit motiv de la gran mayoría de los ciudadanos. ¿Por qué ha sido tan fácil aceptar esta conducta delictiva? No requeriremos de demasiada imaginación y perspicacia para encontrar sus causas mediatas e inmediatas: La clase dirigente Colombiana, política, empresarial, financiera y comercial se ha dedicado más, en los últimos  cincuenta años, al saqueo del estado que al servicio a la comunidad a la cual dicen que sirven. Lo verdaderamente lamentable es  que la corrupción que observamos todos los días en las altas esferas del estado no ha sido  fácil de asimilar por la sociedad en general toda vez que  el mundo de la política, su discurso, insiste en su motivación generosa y desinteresada para ocultar, mañosamente, sus verdaderos intereses y motivaciones egoístas. Sostienen campañas intensas por los medios de comunicación, para desviar la atención de los ciudadanos, para impedir a toda costa y sin conflicto, que tan corrosivas ideas y actitudes criminales puedan ser analizadas por la comunidad en general.
Como quiera que tengamos que aceptar el carácter interesado de la política también debemos exigir que se establezcan nuevas reglas y controles apropiados para que el sistema gubernativo cumpla sus funciones, aceptablemente, aunque los individuos que gestionen  la cosa pública sean egoístas e interesados. Es decir, que debe diseñarse una estructura estatal Constitucional lo suficientemente rígida que reglamente los incentivos de los dirigentes políticos de manera que sea difícil que pasen por encima de los intereses generales. En otras palabras, debemos exigir que la maquinaria del estado deba funcionar con independencia de que los políticos sean estos  generosos o egoístas, sancionando  la corrupción con penas lo suficientemente duras para que,  quien piense delinquir, sepa  cuál será el monto de su delito contra  toda la sociedad.
Soy un demócrata convencido pero he de reconocer, como muchos lectores, que el voto es un instrumento insuficiente, imperfecto e indirecto  para el buen funcionamiento del estado, entre otras muchas razones, porque el ciudadano no está lo suficientemente informado, pero sí lo suficientemente desinformado por los mas media, para asistir a las  urnas concienzudamente. Los costes para obtener una información relevante que le permitan al ciudadano tomar una decisión consiente son muy elevados dado que tendrá que investigar en fuentes diversas para tener una  respuesta satisfactoria a sus dudas y votar en consecuencia. El ciudadano es consciente, además, de que su voto individual no tiene repercusión alguna sobre el resultado final de las elecciones. En síntesis, tendremos que convenir que, un gobierno al cual los ciudadanos solo tienen acceso para su control cada cuatro años tendera a favorecer sus intereses egoístas y a alejarse cada vez  mas de los intereses de la ciudadanía si no existen elementos constitucionales de control efectivos. En el caso Colombiano, el problema tiende a agravarse cada vez más, toda vez que, las listas electorales son cerradas y manejadas a dedo por los dirigentes de los partidos políticos y a que la casta política Colombiana se mantiene estrechamente unida por lazos familiares, estrechos vínculos económicos y la misma ideología en la comprensión del Estado.
El Economista James Buchanan, premio nobel de Economía, propone una estructura de elección colectiva en dos niveles: política ordinaria, para la toma de decisiones del día a día y la política Constitucional o el procedimiento por el cual se rigen las  reglas de juego, trabas y restricciones, normas legales de estricto cumplimiento y sanciones ejemplares para su incumplimiento, dentro de las cuales deben  actuar obligatoriamente las decisiones gubernamentales. Es la norma constitucional la que requiere un diseño meditado y acotado a los intereses de la sociedad, en la que se ha de aplicar, teniendo siempre en cuenta que el hombre, el ciudadano, sustituye con mucha facilidad  el imperio de la ley, cuando este es flácido y permisivo, por las complejidades de la corrupción y el soborno. Es aquí, y no en otra parte, donde  debemos buscar las causas fundamentales del rotundo fracaso del sistema político Colombiano, viciado desde su raíz y carente de las normas legales y constitucionales apropiadas para detener el caos que nos coloca en la lista de Estados Fallidos en el puesto Nº 52.
Una de las líneas de investigación  de la “Cosa pública” fue la teoría de la “búsqueda de rentas no competitivas”, dado que las decisiones  gubernativas tienden a  favorecer a determinados grupos de poder dejando de lado el interés general. Los grupos de presión, especialmente los empresariales y de forma considerable los dedicados a la especulación con el ladrillo gastan inmensos recursos económicos con el objetivo de adquirir el favor de la clase gobernante: Una simple regulación  que impida el acceso libre de los competidores al mercado, ayudas generosas a una industria concreta, contratos públicos  en condiciones ventajosas, tratos fiscales laxos, constituyen pequeñas y discretas  decisiones que proporcionan a sus destinatarios enormes  beneficios que de otra manera serian difíciles de conseguir, de ahí , de su privilegio, se deduce su carácter de renta no competitiva.
Ante  la perspectiva de  tanta lluvia de millones, obtenidos con tanta facilidad, los grupos empresariales  se muestran  dispuestos a cualquier gasto, donación al partido, regalo en metálico o transferencia a cuenta en paraíso fiscal o garantía de un puesto en consejo de administración tras el mandato, con el fin de inclinar la voluntad del político hacia la concesión del favor. Ello explicaría que, en respuesta, en países como Colombia,  los gobernantes promulguen una auténtica salva de complejas leyes, normas y regulaciones que protegen de la competencia a los grupos privilegiados y lesionan ostensiblemente el interés general. O que impulsen legislaciones fiscales complejísimas, siempre llenas de excepciones y agujeros por los que puedan colarse aquéllos que compraron sus voluntades. Un ejemplo desgraciado de estos malos manejos es el del generall (r) Santoyo, con quien paso algo similar: si bien es cierto que este alto ex oficial tuvo, para vergüenza nacional, relaciones con los paramilitares y con la ‘Oficina de Envigado’, el ex presidente Uribe no fue el único que lo protegió en el pasado.  A Santoyo lo ayudó gran parte de la clase dirigente del país, la gran mayoría pendiente de sus intereses  y de obtener más ganancias por medios ilícitos, los otros, los menos, absolutamente ciegos sobre sus macabras relaciones. Del ex general  ¿Queremos saber qué pasó?  Claro que sí. Los tribunales de Justicia tienen la obligación imperativa de dilucidar responsabilidades ante la opinión pública nacional y no ceder las responsabilidades en terceros,  además foráneos, ajenos a la realidad nacional.
A la hora de medir estas cantidades,  nos sorprendemos. A pesar de los miles de millones en rentas que podían suponer todas estas medidas, los grupos empresariales sólo necesitan gastar una pequeña fracción de todo ese montante para conseguir los favores. Ciertamente, los gobernantes reciben muy poco en relación a lo que conceden. Quizás nunca lleguemos a conocer el volumen que alcanzan los pagos por privilegios y las comisiones reales que las grandes empresas pagan a los políticos en Colombia habida cuenta de la manifiesta dejación de los órganos de justicia sobre el estricto cumplimiento de sus competencias. No debemos olvidar que los hombres están lejos de la redención, que la única solución consiste en comparar unas ambiciones con otras y unos intereses con otros y en comprender, para bien o para mal, que si los  hombres fueran ángeles no necesitaríamos leyes fuertes y bien estructuradas y normas constitucionales inflexibles que las hicieran cumplir. Así mismo tenemos que entender que no se puede cambiar la mentalidad  y el corazón de una persona al cabo de siglos de dificultades, luchas  y odios en cuestión de semanas o meses. No es posible. Así que tenemos la doble tarea de recuperar el Estado para el servicio de los ciudadanos y de reeducar a los ciudadanos para el servicio de la nación.

Carlos Herrera Rozo.


¿Colombia un estado fallido?


Estuve en Bogotá del 2 de Octubre de 2012 al 2 de Enero del 2013  y pude  comprobar, de primera mano, leyendo los periódicos de la ciudad, escuchando las noticias por la TV, escuchando la radio y visitando a mis amigos, de los cuales solo diré que, están en la universidad, en el parlamento, en la judicatura y, algunos, más bien escasos, en los cuerpos y fuerzas de seguridad de estado. De todas estas fuentes extraje, para disgusto mío y también de ellos, que Colombia, esa tierra nuestra verde y herida, es un país, gracias a las clases dirigentes Políticas, Económicas, Financieras y Administrativas un estado fallido, lo afirmo con tristeza y corrijo a aquellos que, desde oscuras atalayas, me acusan de hablar mal de mi país, así como agradezco a todos aquellos que me ayudaron en la comprensión del problema.

Los estados fallidos son un concepto relativamente nuevo que, desde que en 2005 cuando el Foreign Policy  comenzó a publicar el Índice de Estados Fallidos, se ha ido difundiendo. Hablar de estados fallidos es un concepto amplio y no pocas veces confuso que lleva a algunos equívocos, pero que, cada vez se utiliza más por  aquellos que se dedican a dilucidar los problemas de la política internacional  y nacional en este mundo globalizado.
De alguna manera podremos afirmar que los estados fallidos son aquellos que no tienen una estructura político-administrativa que pueda garantizar un funcionamiento mínimo.  El término Estado Fallido es empleado por  politólogos, periodistas y comentaristas políticos para describir un  estado Soberano  que, se considera, ha fallado en la garantía de los servicios básicos y donde la corrupción ha permeado todos los estratos de la sociedad. El centro de estudios  Fund for Peace  ha propuesto los siguientes parámetros para hacer más comprensible  el concepto:
  • Pérdida de control físico del territorio, o del monopolio en el uso legítimo de la fuerza.
  • Erosión de la autoridad legítima en la toma de decisiones.
  • Incapacidad para suministrar servicios básicos.
  • Incapacidad para interactuar con otros Estados, como miembro pleno de la comunidad internacional.
  • Corrupción generalizada en la administración pública.
  • Altos niveles de criminalidad.
  • Elevado porcentaje de refugiados y desplazados.
  • Degradación  económica de la población.
  • Aparición de grupos paramilitares que sustituyen los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado.

Analizando críticamente dichos parámetros, con la realidad Nacional Colombiana, podremos cotejar sin mucho margen de error si nuestro país cabe dentro de la denominación de Estado Fallido.
  Más adelante para comprender con mayor claridad este fenómeno adverso  presentare la lista de los  Estados Fallidos que hay en la actualidad. He afirmado que  los Estados Fallidos  son lugares donde no hay servicios básicos que cubran ampliamente a la población, ni justicia social, ni unas fuerzas de seguridad del Estado mínimamente fiables… ni, por consiguiente, una verdadera democracia. Lugares donde, en pocas palabras, la única garantía fiable es que no existen garantías. Observar el Ranking de Estados Fallidos y encontrar en él al País en que se vive es, por decir lo menos, terriblemente amargo y descorazonador.
Los Estados Fallidos  no son el resultado de una coyuntura desfavorable, sino el resultado de siglos de políticas Nacionales  e  internacionales injustas. Sólo hay que ver que algunos de los países en lo alto del ranking han sido invadidos o tutelados por coaliciones internacionales que, sobre el papel, tenían que ayudar a mejorar la situación de esos países y que vistos los resultados han fracasado estruendosamente.  Eso no quiere decir que todas las naciones en proceso de descomposición sean víctimas del olvido mundial. Irak y Afganistán, los dos frentes principales en la guerra contra el terrorismo, empeoraron a lo largo del año pasado. Sus experiencias prueban que no sirve de nada que se destinen miles de millones de dólares de ayuda a la seguridad y el desarrollo si no van acompañados de un gobierno con capacidad de actuar, dirigentes dignos de confianza y planes realistas para mantener la paz y desarrollar la economía. Igual que existen muchas formas de alcanzar el éxito, también hay muchas maneras de caer en el fracaso.
Desgraciadamente, además, parece que ser un Estado Fallido  es una enfermedad de la que difícilmente se puede salir, ya que, con algunas excepciones, la mayoría de estados que están en los primeros puestos del  ranking han repetido los últimos años en posiciones similares. Cada Estado es un caso diferente, pero muchos son ricos en recursos naturales desde petróleo o gas, hasta minerales o unas tierras ricas para la producción agrícola, como es el caso Colombiano, donde  todos estos factores se cumplen. Su riqueza no justifica su posición en esta lista. En cambio,  vemos con nostalgia,  como entramos en  este círculo perverso y la degradación social facilita que acabemos  siendo la base de todo tipo de actividades  delictivas, como el comercio de armas, de drogas y de recursos naturales  cedidos, sin mayores controles, a las grandes multinacionales que controlan su comercio. Además, ha de tenerse en cuenta, la corrupción administrativa desde las más altas esferas del estado, hasta las alcaldías de los municipios más pequeños.
Esta situación interna y los pobres resultados de las grandes misiones mediáticas  Internacionales para darles apoyo, muestran la necesidad  perentoria de establecer mecanismos de control  y  de gobierno que permitan afrontar estas situaciones desde una óptica más razonable a medio y largo plazo, lejos de los intereses de los países que los "ayudan", cuando realmente prima un interés para controlar la gestión de los recursos naturales.
Debemos tener presente  que, en estos países, la gestión de los recursos naturales y los modelos de producción están lejos de un desarrollo sostenible habida cuenta de que su legislación al respecto adolece  de profundos fallos o de controles efectivos para que se cumpla. Estados donde la educación, la sanidad o el acceso al agua potable son una quimera, el medio ambiente no es sino una ilusión. Es decir, que a pesar de que exista una legislación aceptable, sencillamente es inexistente  porque nadie la cumple  y esto ocurre en zonas de gran riqueza biológica, con recursos hídricos importantes, amplias zonas de cultivos y riquezas  en el subsuelo muy importantes. Un país, cualquiera que él sea, no puede darse el lujo de dejar en manos extrañas, sin controles efectivos, la explotación de sus recursos naturales.
Los estados fallidos son fracasos no solamente Nacionales, sino globales, que afectan el conjunto de naciones y que piden y necesitan  legislaciones claras  y respuestas globales que no afecten su estabilidad. Por ello, una buena gestión de estos estados es necesaria para construir un mundo sostenible y en paz.
Acabar con los estados fallidos es una cuestión de justicia social. Por ello, es responsabilidad de los gobernantes, de toda la sociedad,  implicarse  en conseguir  derrotar la corrupción  y dotar a la justicia  de  todos los elementos legales indispensables para evitar que se burlen las normas que rigen el buen funcionamiento del estado, y garantizar con ello, la viabilidad económica y democrática del Estado. ¿Es una Utopía? ¡No!. Sencillamente, un acto imprescindible para todos los que vivimos en este planeta.
NO es  sorprendente que dentro de esta lista de los países fallidos se encuentre Colombia, a pesar de todo el esfuerzo que se afirma haber  hecho en los últimos años para consolidar su legitimidad, su soberanía y su crecimiento económico, a pesar de ello, aparece en el listado con el número 52.
En el listado se tiene en cuenta la presión demográfica, el número de refugiados, el desarrollo desigual de la población, declive económico, derechos humanos, independencia judicial, servicios públicos, fuerza pública, élites faccionalizadas, grupos de presión, función democrática  e intervención extranjera.
De acuerdo con el analista Larrazábal “este estudio da a conocer por tercera vez que Colombia desde el 2009 hasta este año, aparece dentro de la lista de Estados Fallidos, y de las razones que la revista esgrime esta el tema de corrupción, falta de infraestructura e incluso la aplicación al derecho en salud, conflicto interno, conflicto étnicos, refugiados entre otros” y he  de agregar importantes fallos del sistema judicial colombiano.
Según el estudio, dentro de los países de Latinoamérica, Bolivia, Haití y Colombia aparecen dentro del listado, lo que es sorprendente porque quiere decir que los colombianos estamos a la par de estos dos países en cuanto a estructuración de Estado, lo que podría ser desproporcionado, pero no bastan los esfuerzos del Gobierno, si fallan los cuerpos colegiados en el diagnostico de los problemas y si además la Justicia que es la base de  cualquier democracia se encuentra constantemente en entredicho y no hace cumplir , independientemente de a quien se aplique, la ley . Un estado que envía a sus reos al extranjero para que sean juzgados, por delitos menores, mientras que sus grandes crímenes quedan impunes, no tiene solidez, ni puede presentarse como Estado Soberano…
Recopilando diremos que, los estados fallidos, escribe Chomsky, son aquellos que carecen de capacidad o voluntad política" para proteger a sus ciudadanos de la violencia y quizás incluso de la destrucción" y "se consideran más allá del alcance del derecho nacional o internacional". Padecen un grave "déficit democrático" que priva a sus instituciones de auténtica sustancia. "
Mapa de Estados Fallidos: En color purpura los Estados Fallidos en la actualidad: Colombia en el puesto 52.
 
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sábado, 1 de diciembre de 2012

Por favor vean este documental y reenviémoslo, para que sepamos que es este país ... ¡Que verguenza nuestra clase política dirigente y su aparato militar y paramilitar que siempre andan de la mano!.... ¡Y que decir del descaro y cinismo de la guerrilla!... Pero ¡que belleza nuestros pueblos indígenas y su dignidad!  

viernes, 30 de noviembre de 2012


Regalo De Navidad para mis lectores y amigos, especialmente para   aquellos que se dedican al Mundo De La Política.


He tropezado por arte de birlí-birloque, en una librería de viejo, aquí en Palma de Mallorca, con un libro que lleva  sobre su lomo el curioso titulo del “Libro Del Señor de Shang”, en un principio pensé que se trataba de un cuento oriental y pase de largo buscando en los anaqueles de la librería aún no sé qué. Pero me quede con la copla, en mi cabeza resonaba ese curioso título del  “Libro del Señor de Shang”, por lo que volví sobre mis pasos, lo saque del anaquel, para echarle una ojeada y matar de una vez por todas mi curiosidad sobre aquel libro de paginas amarillentas, de olor a papel viejo, y que, por lo que se desprendía de su estado, no había sido abierto  hacia mucho tiempo o quizás nunca. Mi sorpresa fue mayúscula, tenía entre mis manos un tratado de teoría política escrito entre los siglos III o IV antes de Cristo, cuando China no era todavía un imperio. Lo compre y lo lleve a casa para leerlo, reposadamente, con plena conciencia para compararlo con otros pensadores políticos.

Sí, me sorprendió. Me sorprendió  en un principio encontrar aquel tratado de política de la china antigua. Mi sorpresa fue  aun mayor   en la medida en que  avanzaba en su  lectura. Entendí rápidamente que me encontraba ante el primer tratado de “real política” de que se tenga noticia, pero y fundamentalmente  entendí que rivalizaba con  “EL Príncipe” de Nicolás Maquiavelo y los tratados políticos de Lenin y otros pensadores, donde  se trazan, sin parangón, los lineamientos de una política absoluta, donde la Ley y la Fuerza priman sobre los sentimientos y los intereses de participación ciudadana en la cosa pública. Sus autores, en los tres casos, muestran unas cualidades psicológicas especiales para realizar este trabajo: mentes lógicas a toda prueba; conocimiento profundo de la ambición humana; Voluntad política de hacer que no se detiene ante ningún obstáculo; desprecio absoluto por sus congéneres; Y, rechazo numantino a cualquier tipo de compromiso. No es, sin embargo, un caso aislado, no, con inusitada frecuencia aparecen teóricos del estado que pretenden por “Razones de Estado” transformar la política en una proposición  demostrable lógicamente, en un  teorema.

Como muchos políticos y teóricos de la política, El Señor de Shang, pensaba, pienso yo, aquí en la cocina, que  vivía en una época de decadencia, de furiosas turbulencias sociales, crisis económica incluida que ameritaban decisiones  rápidas y efectivas, de leyes severas que impidieran el deterioro del Estado y la disolución de las costumbres mediante la destrucción, previa, de las tradiciones ancestrales que permitan la formulación de un Estado Nuevo, fuerte  y obediente. El Señor de Shang pretendía crear una sociedad compacta, unida, orientada hacia un solo objetivo: La guerra y la conquista, el sometimiento  de más pueblos y más hombres y la imposición de la nueva Ley del Estado. Para el Señor de Shang  la ley tenía que destruir y reconstruir la variedad del pueblo Chino hasta convertirlos  en campesinos y  guerreros. No había sitio para otras clases. El Poder del Estado y la Guerra y la conquista eran las metas. El Hombre, el ciudadano, eran simples fichas en su particular ajedrez.

 Pero, ¿Quién era Shang?  Shang sirvió como alto funcionario en el estado de Qin 359 a 338  antes de Cristo.   Introdujo leyes y decretos que permitieron a sus gobernantes  someter a toda China y fundar un imperio en el año 221 a. C.  Sin embargo, es poco probable que Shang escribiera el texto asociado a su nombre, pues tuvo que huir para salvar su vida después de la muerte de su patrón y fue ejecutado poco después. Vale la pena para todo estudioso de  la política  empezar comparando Shang con el pensamiento político de Nicolás Maquiavelo (1469-1527), fundador de la moderna doctrina de la razón de Estado y, posiblemente, su pensador más original y continuar con los textos políticos como La República de Platón,  El Leviatán de   Thomas Hobbes,  El Ensayo sobre el Gobierno Civil de Locke, El Espíritu de las Leyes de Montesquieu, El Contrato Social de Rousseau, Discurso a la Nación alemana de Fichte, La Democracia en América de Alexis de Tocqueville, El Manifiesto Comunista de Marx y Engels, El Pacto del Mayflower, Mein Kamp de Hitler y muchas otras que al compararlas nos dan una idea clara del mundo de la política, vínculo que los une a  todos ellos  a pesar de los diversos matices.

La historia de la humanidad está jalonada no solo por los grandes acontecimientos, sino también por la creación de ciertas obras literarias y políticas, que aparecen de tarde en tarde, y que contribuyen  o empujan nuevos acontecimientos. En las obras citadas se encontraran muchas imperfecciones, desigualdades, apaños, sinuosidades y vicios propiciados por la pasión partidista y, algunas,  verdaderamente odiosas. Hay que hacer notar también, que a pesar de las taras  señaladas, en algunas de esas obras, no les impidieron obtener resonancia histórica, porque  lo que predicaban respondía particularmente a las preocupaciones, a la pasión política del momento. Por todo ello debemos cuidar  de las palabras, de la forma como las usamos, de la transcripción de nuestro pensamiento. Dice el adagio popular que, “Quien dice lo que piensa, no piensa lo que dice”, no de otra manera se puede explicar la manida definición de política en auge: “La política es el arte de lo posible”. ¿Cómo debemos traducirla? Como definición no está mal, como principio es un fiasco: Se dice, ni más ni menos, que no se puede hacer nada, que la política es el arte de engañar a los incautos. Olvidan, algunos, que la política es hacer todo aquello que este orientado al bien común, a mejorar las sociedades en que nos ha tocado vivir.

 Un ejemplo de ese tipo de totalitarismo que denuncio es el llevado a efecto por  algunos gobernantes Colombianos para quienes el libre disenso es sinónimo  de pertenecer al enemigo, al genio del malsín comprender siquiera que  es el particular derecho  a la libre expresión el que hace posible la democracia, que la constitución política, las leyes y los tratados están para cumplirlos y no solamente para pasar  de puntillas sobre ellos haciendo como que se cumplen para engañar a propios y extraños.

Como quiera que no haya encontrado  “El Libro del Señor de Shang” en la red  me permito agregarles el archivo de “El Arte de la Guerra” de Tzun Tzu considerado como uno de los mejores libros sobre estrategia de todos los tiempos, para que se regocijen en su lectura y tengan a mano enseñanzas que jamás sobran en el transcurso de la vida…


FELIZ NAVIDAD Y PROSPERO AÑO  2012-2013

Carlos Herrera Rozo.

jueves, 22 de noviembre de 2012


Violaciones de derechos humanos en el contexto de la explotación de las  materias primas

La biodiversidad terrenal es un obsequio de la naturaleza, no para unos cuantos Individuos o grupos privilegiados, sino para la humanidad entera. El impedir que individuos, comunidades, poblaciones, Estados o naciones gocen de estas riquezas equivale a perjudicar a toda la humanidad; se estaría violando la dignidad humana, los derechos humanos, los principios básicos de los derechos de los pueblos y con ello  destruyendo el medio ambiente

La Declaración Universal de Derechos Humanos tiene  como objetivo que todos los seres humanos puedan vivir con dignidad, es decir, “exentos del temor y de la miseria”. Así aparece en el Preámbulo de la Declaración. Sin embargo, sin protección de su salud ,sin derecho a una educación integral, sin derecho a la  integridad física y mental para desarrollarse plenamente en la sociedad, sin una base apropiada para su propia subsistencia, sin seguridad ni libertad, ninguna persona está en condiciones de llevar una vida digna y autónoma.

 Los derechos humanos civiles y políticos deben ponerse en práctica del mismo modo que los derechos económicos, sociales y culturales. Los derechos humanos políticos y sociales son indivisibles, se condicionan mutuamente y son inalienables. Para asegurar su subsistencia y llevar una vida digna, cada persona necesita aire limpio, agua limpia, una atención básica de su salud, educación, alimentación, vestimenta y vivienda, así como participación social efectiva en las decisiones que afecten al conglomerado social en el que le ha tocado vivir. Para los habitantes de los países en desarrollo, especialmente dentro de los grupos vernáculos, los espacios naturales intactos representan a menudo la única posibilidad  de garantizar su supervivencia. Muchas veces, la destrucción de estos hábitats naturales implica para ellos una amenaza directa a su existencia: desplazamientos forzosos y no pocas veces desapariciones forzosas de sus líderes.

La Declaración Universal de Derechos Humanos  esta considerada  como “uno de los documentos más valiosos y significativos de la historia del derecho” y como “una de las más altas formas de expresión de la conciencia humana en nuestro tiempo”. Los esfuerzos por hacer realidad los derechos humanos  deben estar presentes en la labor de todo estado democrático como un hilo conductor de su desarrollo económico y social. Es obligación del estado de derecho evitar por todos  los medios a su alcance el que las grandes multinacionales que explotan los recursos  mineros  de los países en desarrollo  no violen en el ejercicio de la explotación  de los recursos los derechos humanos  ni las normas internas  que rigen los principios laborales, en el entendimiento que ninigun  contrato internacional, ni ningún  tratado bilateral puede violar la carta magna de ningún país en favor  de mezquinos intereses como viene ocurriendo en la mayoría de los países en vías de desarrollo.

 Los derechos humanos son de alcance universal y carácter inalienable. Los Estado tiene la obligación de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de sus ciudadanas y ciudadanos. Si bien en primera instancia es el Estado quien debe cumplir con este mandato, el Preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos señala también que “todos y cada uno de los órganos de la sociedad” está llamado a promover el respeto de los derechos y las libertades y a garantizar su cumplimiento.” El libre disenso de los ciudadanos no hace mas que reafirmar el ejercicio de dichos derechos y de la democracia. Esto incluye tanto a los actores del sector   estatal como  a los actores  del sector privado, las empresas, los bancos y las compañías multinacionales. Todos, en su conjunto,  tienen la obligación de velar para que sus actividades no contribuyan ni directas ni indirectamente a dar lugar a violaciones de los derechos humanos luchando por el bienestar común de la humanidad. Todas las entidades  implicadas en el desarrollo de los pueblos deben comprender que,  “La interdependencia, cada vez más estrecha, la globalización económica y su progresiva universalización hacen que el bien común ¿…?  se universalice cada vez más, así como los derechos políticos, e implique por ello mismo  derechos y obligaciones que miren a toda la humanidad. Las organizaciones de la sociedad civil exigen a las empresas privadas, a las corporaciones multinacionales,  un comportamiento responsable, sujeto a derecho, tanto social como ambientalmente y  están dispuestas a acusar judicialmente a quienes cometan cualquier infracción. Las Naciones Unidas buscan nuevos mecanismos para mejorar la protección de los derechos humanos a nivel internacional e involucran en ello a los gobiernos, las empresas, los académicos independientes y los actores de la sociedad civil y política.

A pesar de todo, siguen existiendo muchos vacíos en la normativa internacional. Las corporaciones transnacionales, con un poder financiero y político que en muchos casos supera el ingreso nacional bruto  de  los países desarrollados  y supera a los  países pobres en varios múltiplos, pone de cabeza la relación de poder entre los gobiernos y el mundo empresarial, mas por la corrupción de los actores políticos y administrativos que les permiten  abusar de su posición para determinar las reglas de juego y dominar  de facto todos los ámbitos vitales de las poblaciones  donde operan sus intereses. Como consecuencia, esta acumulación de poder a menudo conduce a la violación de los derechos económicos, sociales y culturales, así como de los derechos civiles y políticos: Los estados corruptos ponen al servicio de las trasnacionales sus cuerpos de seguridad del estado o les permiten la creación de ejércitos paramilitares para doblegar a las poblaciones  indígenas. En las últimas décadas, muchos casos de violaciones de derechos humanos fueron objeto de una condena pública y de procedimientos judiciales. También en la minería, este tipo de problemas siguen estando al orden del día.

Algunas de las violaciones de derechos humanos con  frecuencia aparecen vinculadas a los proyectos mineros, en especial a las minas a cielo  abierto de gran extensión, y resultan sintomáticas. Entre los derechos vulnerados se pueden mencionar los siguientes:  El  derecho a un nivel de vida adecuado, incluyendo una alimentación suficiente (derecho a la alimentación), derecho a una vivienda digna (derecho a la vivienda) y derecho a la educación .Estos derechos se hallan consagrados en el  Art. 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (llamado también Pacto Social de la ONU).

 El “derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental” (derecho a la salud), definido en el  Art. 12 del Pacto Social de la ONU. También este derecho es lesionado a menudo, por ejemplo a causa de los múltiples daños ambientales relacionados con los proyectos mineros.  El derecho al agua potable limpia es asimismo violado con frecuencia. Este derecho es reconocido mundialmente como parte del derecho a la alimentación y del derecho a la salud (Art. 11 y 12 del Pacto Social de la ONU). Debe aclararse que en la explotación de las minas de oro se consumen para la extracción de un gramo de oro 6000 litros de agua que son a su vez contaminadas con cianuro y mercurio para lo cual se procesa una tonelada de tierra para extraer 10 gramos de oro.

La actividad minera destruye  todo el ecosistema de su influencia , la tala de arboles y matorral es  generalizada, es decir, todo vestigio vegetal desaparece  para luego empezar a escarbar y a sacar la roca que contiene el oro. Se necesita una tonelada y media o más de roca para poder sacar diez  gramo de oro. Para sacar un kilo tienen que moler y licuar grandes cantidades de material con millones de litros agua cianurada ,  toda vez  que  el cianuro  aglomera  las microscópicas partículas de oro. Una mina que extrae oro y otros metales mediante este procedimiento que se llama de lixiviación, requiere una cantidad de agua tal, que el agua que gasta la mina en una hora es el agua que consume una familia campesina en 20 años. Con el objeto  de  reunir las cantidades de agua necesaria las empresa comprar las tierras  circundantes  a la mina para que nadie  pueda acusarlos por el desvió de  los manantiales y recursos hídricos  necesarios en la explotación minera. Este proceder esta prohibido por la ley  pero no existen controles suficientes por parte de los estados para impedirlo y castigar a los infractores. Y el agua contaminada con residuos de cianuro y mercurio, que ya no se necesita, va a las  lagunas, ríos y posos subterráneos donde sigue envenenando a cuanto animalito tome de esa agua. La empresa lo que hacen a veces, es poner  letreros de advertencia  sobre la peligrosidad de las aguas contaminadas pero como ni los pájaros ni los animales saben leer, la muerte y la destrucción continúan.

Los proyectos mineros – y sobre todo la criminalización de la protesta social que se relaciona repetidamente con los mismos – conducen en muchos casos a la vulneración de los derechos civiles y políticos, consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas (PIDCP), así como a la carta magna  de las naciones donde estos delitos se cometen. Entre estos derechos están los siguientes:

-  derecho a participar en los procesos políticos (Art. 25 y 26 del PIDCP)
-  derecho a la libertad de expresión (Art. 19 del PIDCP)
-  derecho a la reunión y libertad de asociación (Art. 21 y 22 del PIDCP)
-  derecho a no ser detenido ni encarcelado arbitrariamente (Art. 9 del PIDCP)
-  derecho a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (Art. 7 del PIDCP).

 En los casos más flagrantes, se viola también la  prohibición de la pena capital (“asesinato por parte del Estado”, Art. 6 del PIDCP)  o asesinatos cometidos por grupos paramilitares pagados por las mismas compañías transnacionales.  Igualmente es vulnerada  la  prohibición de la desaparición forzada, consagrada en la Convención Internacional de las Naciones Unidas para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas de 2006. Una y otra vez se vulneran los derechos de los trabajadores, entre ellos el derecho de fundar sindicatos y de afiliarse al de su elección (Art. 8 del Pacto Social de la ONU).  El derecho de los pueblos indígenas al consentimiento libre, previo e informado - CLPI(en inglés: free, prior and informed consent – FPIC) tampoco se  tiene en cuenta ni por parte de los estados firmantes de estos pactos ni por parte de las compañías multinacionales firmantes de los mismos.

Ha sido instituido por el Convenio 169 de la OIT (Art. 6, 7 y 16) y por la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Sería posible continuar con esta lista de violaciones de derechos humanos, que tienen lugar  en las circunstancias más variadas. A continuación analizamos algunas de ellas, que resaltan por su importancia.

Expulsiones y falta de acceso a la tierra

Muchos campesinos y campesinas de los países en desarrollo carecen de un título de propiedad legal sobre sus tierras a pesar de que en reiteradas ocasiones lo hayan solicitado a los organismos competentes, por lo cual a menudo son víctimas de expulsiones o desalojos. Debemos mencionar aquí que  los derechos  de quienes han sido desposeídos de sus tierras han sido “adquiridos legalmente” por aquellos que utilizando la fuerza y la violencia los desposeyeron.  Aunque el acceso a la tierra no ha sido consagrado en sí como un derecho humano, es indudable que constituye una base directa para el goce de otros derechos humanos. De hecho, la pérdida de sus tierras implica para los afectados la simultánea pérdida de la opción de ganarse el sustento propio y el de sus familias, al igual que la privación del acceso a agua potable limpia, a una vivienda segura y digna, a la educación y posiblemente también del derecho a un trabajo en condiciones dignas. A menudo, la expulsión perjudica a poblaciones indígenas enteras. Se viola su derecho a la autodeterminación y a la identidad cultural. En otros casos, los afectados sí cuentan con títulos válidos y legales de propiedad sobre sus tierras, pero es frecuente que se les convenza o coaccione – incluso haciendo recurso a métodos  violentos  o invocando información falsa o incompleta a vender sus tierras, sin obtener una compensación adecuada por la pérdida de las mismas. Muchas veces, los perjudicados no tienen más remedio que migrar a las ciudades, donde  tienen que competir, en condiciones infrahumanas, con numerosas personas para conseguir el sustento de sus familias. Muchos de ellos se ven obligados entonces a “refugiarse” en los extramuros  de las grandes ciudades en asentamientos de hambre, miseria y violencia.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales es un órgano de las Naciones Unidas  constituido para supervisar la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Este Comité ha emitido dos Directrices Generales que interpretan el “derecho a la vivienda”, la primera de ellas en 1991 sobre el derecho a una vivienda digna, en términos generales (Observación General No. 4), y la segunda en 1997 (Observación General No. 7). Esta última se centra explícitamente en los desalojos forzosos y en las recomendaciones a los Estados firmantes entre los que se incluye Colombia, y contiene interpretaciones sobre qué medidas deben emprenderse para proteger a los afectados en caso de producirse la amenaza de una reubicación involuntaria. “El ex Relator Especial sobre el derecho a una vivienda adecuada, Miloon Kothari, consideró tan grave el problema de las expulsiones forzosas en combinación con presuntos “proyectos de desarrollo” (tanto en áreas rurales como urbanas),  que en 2007 formuló un conjunto de directrices en las cuales no se prohíben los desalojos por completo, pero sí se fijan por lo menos algunos criterios para que éstos – en caso de ser inevitables – puedan tener lugar y se lleven a cabo en condiciones de amplio respeto de los intereses y los derechos humanos básicos de los afectados.

Estas directrices deberían servir de pauta a los Gobiernos y a las empresas en relación con las reubicaciones vinculadas a proyectos mineros, pero en la práctica es muy extraño que se tomen en cuenta. La elevada demanda de agua por parte de las industrias  mineras, los daños al medio ambiente  socavan el derecho a la alimentación y al agua limpia. Este derecho  no sólo se ve afectado o vulnerado por los desalojos y desplazamientos sino y fundamentalmente por las materias químicas utilizadas en estas explotaciones. En las áreas rurales de los países en desarrollo, la existencia de agua para el riego de los campos y  de bebida para  los animales domésticos y a las personas es una condición indispensable para asegurar el sustento y desarrollo. Allí donde las empresas mineras explotan sus yacimientos, el tema del agua suele convertirse rápidamente en un punto conflictivo: la minería insume grandes cantidades de agua y disminuye drásticamente la disponibilidad de la misma. Se destruyen los manantiales, se contaminan los ríos, baja el nivel freático. Suele incluso suceder que los  canales de riego para el cultivo se deriven hacia las minas. La población local no tiene cómo defenderse de esta situación y se viola su derecho de acceso al agua limpia. En su Observación General No. 15 del año 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales volvió a subrayar explícitamente la importancia del derecho al agua y la agudización de la pobreza por causa del agotamiento de las existencias de agua, su contaminación persistente y su distribución inequitativa. La contaminación del agua, la presencia dañina de maquinaria pesada, el uso de explosivos y productos químicos altamente tóxicos, y el incremento notorio del tráfico vial – son todos factores que dañan el medio ambiente y se generan inevitablemente en el entorno de las grandes explotaciones mineras. La comunión de todos estos efectos dañinos causan enfermedades y accidentes graves, y  deterioro de la saluid física y mental de sus habitantes.

El libre derecho a la participación política, la libertad de expresión y el libre disenso  se encuentran  entre los derechos fundamentales de toda persona, de igual manera  está el  derecho de participar en los procesos de decisión políticos, económicos y culturales de la sociedad. Precisamente los grupos marginados de los países en desarrollo se ven a menudo privados, de facto, de estos derechos. Debido a su identidad cultural y al significado muchas veces religioso que tiene la tierra para los pueblos indígenas, éstos se ven especialmente perjudicados. Se les impide el acceso a informaciones importantes y se pasa por alto su derecho a tomar parte en las decisiones. Se les niega el derecho a la participación  a nivel social, económico y político.

La presión ejercida sobre los Gobiernos por el Fondo Monetario Internacional, por la banca local, por las compañías multinacionales,  por la nueva  ideología NEOLIBERAL sumada a la  corrupción generalizada  o al  propio deseo  de los gobernantes por  atraer a inversores extranjeros a los  países en desarrollo, parecen llevar a muchos gobiernos a la conclusión de que los derechos de los inversores merecen prioridad frente a los derechos de su población nativa.  Son muchos los países en vías de desarrollo que incumplen las directrices  de las Naciones Unidasm : -Véase: Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH)-: El derecho a una vivienda adecuada (Art. 11.1). Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR), Observación General No. 7, “Los desalojos forzosos”, del 20/05/97.  Véase: Naciones Unidas, Consejo de Derechos Humanos, Cuarta Sesión, “Informe del Relator Especial sobre una vivienda adecuada, como parte del derecho a un nivel de vida adecuado”, Miloon Kothari, A/HRC/4/18, 5 de febrero de 2007, Anexo I: “Principios básicos y directrices sobre los desalojos y el desplazamiento generados por el desarrollo”.

Los grandes consorcios que se dedican a la explotación de materias primas asumen una posición  muy dura contra los opositores de la minería y los defensores del medio ambiente y de los derechos humanos. En América Latina, por ejemplo, se observa una tendencia de los gobiernos a radicalizar sus leyes para la criminalización de las protestas, a fin de reforzar el efecto disuasivo. La criminalización de las protestas sociales atenta contra el derecho de libertad de expresión y, en consecuencia, también contra otros derechos como el derecho de libre asociación, la prohibición de detención arbitraria, la convención contra la tortura o la violación de los derechos laborales.  Muchas de las grandes empresas mineras impiden la formación de sindicatos y discriminan a aquellos trabajadores que se afilian a un sindicato para la defensa de sus intereses económicos o sociales. De este modo atentan contra  el derecho de fundar sindicatos o de afiliarse a los mismos, que aparece consagrado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Además, con frecuencia se ignoran las disposiciones para la protección de la salud y la seguridad en el entorno laboral, fijadas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Derecho al consentimiento libre, previo e informado (CLPI)

El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo tiene como objetivo proteger a los pueblos indígenas y les concede el derecho a ejercer un control lo más amplio posible sobre su desarrollo económico, social y cultural. Antes de poner en marcha o autorizar proyectos de exploración y explotación de materias primas en tierras indígenas, el Convenio de la OIT exige a los gobiernos establecer procedimientos para consultar a los respectivos pueblos indígenas y así determinar en qué medida los intereses de los mismos se verían afectados por dichos proyectos. Cada vez que sea posible, los pueblos correspondientes deben participar en los beneficios de dichas actividades y deben recibir una indemnización apropiada por todos los perjuicios que éstas les pudieran causar. En casos en que se considere necesaria la reubicación de los pueblos indígenas, ésta sólo puede tener lugar con el consentimiento voluntario y totalmente informado de dichos pueblos.

El Convenio 169 de la OIT del año 1989 consagra el  derecho de los pueblos indígenas y tribales al “consentimiento libre, previo e informado”  en caso de proyectos mineros. No obstante, hasta ahora sólo unos cuantos de los 17 Estados que ratificaron este Convenio han procedido también a hacerlo parte de su legislación nacional. Y prácticamente ninguno de los países emergentes y en desarrollo concernidos ha establecido mecanismos apropiados para informar plenamente a la población indígena sobre los proyectos mineros planificados e involucrarla  de manera adecuada en los procesos de decisión. Incluso en aquellos países en los que el derecho al “consentimiento libre, previo e informado” ha sido consagrado en las leyes. La implementación en la práctica deja mucho que desear, o se procede a dar prioridad a otras leyes en parte contradictorias. En el año 2007, la Asamblea General de la ONU aprobó con una amplísima mayoría la “Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”, que también instituye el derecho a un consentimiento libre, previo e informado. Si bien una Declaración de la ONU – a diferencia de un Convenio jurídicamente vinculante – “únicamente” constituye  un pronunciamiento voluntario sobre una obligación de carácter moral, esta Declaración reconoce la fundamental importancia del CLPI para los pueblos indígenas. Incluso el estudio comisionado por el Banco Mundial en el año 2000 y publicado en 2004, titulado “Revisión de las Industrias Extractivas”, recomienda dar cumplimiento al principio del CLPI. Sin embargo, el propio Banco Mundial ha tomado distancia frente a esta recomendación y hasta la fecha apenas la ha puesto en práctica. Sería posible continuar con la lista de los derechos humanos frecuentemente vulnerados en el contexto de los grandes proyectos mineros en los países en desarrollo. Los gobiernos no cumplen suficientemente su obligación de proteger a la población, y – a pesar de la creciente conciencia de su responsabilidad social y ecológica - las empresas no se sienten conminadas a integrar el respeto a los derechos humanos en su política empresarial y menos aún a cumplirlo en la práctica. A menudo, las subsidiarias u operadoras in situ no conocen lo suficiente sobre la  política de responsabilidad social corporativa de su propia empresa matriz, o no conceden al código de conducta de la misma la importancia concreta que se merece. Mientras que, por un lado, las empresas transnacionales violan o participan en la violación de derechos humanos en los países en desarrollo para su propio beneficio, los gobiernos de sus países de procedencia intentan librarse de toda responsabilidad, para lo cual alegan que sus obligaciones de derechos humanos sólo se aplican a las personas que viven en el interior de sus fronteras y niegan la existencia de las obligaciones extraterritoriales del Estado. Sin embargo, para hacer realidad el cumplimiento de los derechos humanos, tal como aparecen consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los distintos convenios internacionales que norman su aplicación concreta, se requiere instituir un respeto universal y establecer una cooperación internacional para su protección y promoción en todos los países del mundo.

Un lamentable caso ejemplar de este fenómeno lo constituyen las gigantes suizas Xstrata Plc. y Glencore, ambas con una amplia cartera de inversiones a escala mundial ligadas a la explotación y el comercio de minerales y de materias primas. Recientemente fusionadas, conforman una mega-corporación con operaciones en 50 países en conjunto, un volumen de ingresos globales por más de 175,000 millones de dólares anuales y utilidades superiores a los 13,000 millones de dólares anuales. En el caso de Xstrata, se trata de una empresa con fuerte presencia en Sudamérica, donde tiene radicado más del 30 % de sus inversiones y de donde proviene una proporción similar de sus ingresos globales.

Su mapa de negocios ha diseñado también una cartografía minada de conflictos, denuncias, casos comprobados y hasta condenas y procesos judiciales abiertos por contaminación, incumplimiento de la legislación ambiental, y violación a derechos humanos en general. Hacer un informe exhaustivo de los atropellos y violaciones de derechos provocados por estas grandes corporaciones demandaría cientos de páginas. Acá sólo podemos hacer una sucinta reseña sobre el Cerrejon dado que nos toca directamente..

- El Cerrejón (Guajira, Colombia) es una mega-explotación de carbón, con participación accionaria de Xstrata Coal. Ha sido epicentro de innumerables casos de delitos ambientales, fiscales y de violaciones a los derechos humanos, que ha valido incluso la presentación de una denuncia formal ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el año 2007. La explotación de los yacimientos de carbón por parte de Xstrata ha provocado un grave deterioro de la calidad y cantidad del agua, afectando la estructura y el caudal del río Ranchería, principal curso de agua de la zona. La continua expansión del proyecto ha implicado el desplazamiento forzado de comunidades indígenas y afrodescendientes, con numerosos episodios de violencia protagonizados por fuerzas de seguridad privadas y paramilitares ligadas a la empresa. La gran cantidad de emisiones contaminantes (carbón, sílice, metales pesados, etc.) por agua y aire ha provocado el anegamiento de suelos productivos, el fuerte incremento de casos de plumbemia, silicosis y manifestaciones cancerígenas en trabajadores y población aledaña, entre otros daños constatados por la Procuraduría General de la Nación en un proceso judicial abierto por estas violaciones a fines de 2010. Es hoy una de las regiones de mayor emigración de Colombia, con más de 60.000 personas desplazadas entre 2002 y 2010.

Perspectivas para un manejo sostenible de las materias primas

 La explotación de materias primas trae aparejados numerosos problemas y graves violaciones de los derechos humanos en los países productores. También a nivel global el planeta tierra sufre los efectos del consumo de recursos naturales cada vez más desmedido.  Todo esto muestra que: nuestro manejo de las materias primas no es sostenible. La necesidad de que entendamos de otra forma lo que significa progreso, crecimiento, bienestar y desarrollo se vuelve cada vez más evidente y urgente. Tanto a nivel regional como global la prioridad de los intereses económicos frente a los aspectos sociales y ecológicos conduce a un callejón sin salida. De momento estamos muy lejos de una sociedad (global) sostenible. Pero deben incrementarse las  iniciativas de solución escuchando el clamor ciudadano y científico sobre la sostenibilidad del medio ambiente y su desarrollo. Todas las medidas orientadas en este sentido  deberían ser retomadas y ampliadas consecuentemente. Para encontrar soluciones a los desafíos ecológicos, sociales, políticos y económicos de nuestro tiempo, todos los actores involucrados -gobiernos, empresas, instituciones financieras internacionales, y otras organizaciones de la sociedad civil, así como consumidores críticos- debemos asumir responsabilidades. Para ello son necesarias instituciones y estructuras internacionales fuertes y el abandono de un sistema económico basado en la explotación de los recursos naturales sin tener en cuenta las poblaciones humanas y lugares geográficos de donde se extraen dichos recursos. . Su lugar debería ser ocupado por una economía de mercado social, que en lugar del capital coloque al hombre en el centro de su acción.

El presidente de COLOMBIA, Juan Manuel Santos, declaró 17,6 millones de hectáreas del país como "reserva estratégica minera" a tan solo horas que anunciara en la cumbre de Río+20 su compromiso con el medio ambiente y el desarrollo sostenible. En la rueda de prensa se detallo que los 17,6 millones de hectáreas se encuentran en los departamentos del Chocó, Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés, y Vichada ofrecían grandes posibilidades para la extracción de minerales estratégicos  apetecidos como el uranio, el coltán, el oro, el hierro y el platino.
Algunos ambientalistas y expertos  han solicitado al Gobierno considerar la moratoria para desarrollar la minería, ya que algunos de los departamentos afectados  no sólo son estratégicos ambientalmente sino también porque hay presencia de grupos armados fuera de la ley. Estudios de seguridad realizados en otros países con características similares han  demostrado  que, cuando se han descubierto importantes yacimientos mineros y petroleros, el conflicto armado se agudiza. El experto del Banco Mundial, Robert Goodland, quien estuvo de visita en Colombia, recomendó la moratoria de la minería en zonas claves por su biodiversidad, fuentes de agua, patrimonio étnico y arqueológico, y también en lugares donde haya conflictos armados y el estado no pueda garantizar la seguridad ni cumplir a satisfacción con los convenios y tratados internacionales sobre la materia en cuestión.

Con este anuncio que el presidente Santos hace ante la comunidad internacional, Colombia queda lista para sentencia ante  los ojos del mundo. Lograr el desarrollo de la minería en zonas ambientalmente sensibles y con un mínimo impacto  es un enorme reto que hasta la fecha no lo ha logrado ningún país  en ningún lugar del mundo. Conseguirlo además en un país  donde el conflicto armado dura mas de cincuenta años, con presencia  de grupos paramilitares  financiados por las  corporaciones multinacionales, los terratenientes  y comerciantes con el apoyo directo de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado es una misión, por decir lo menos, imposible.

El Gobierno Nacional en uso de las facultades legales que le concede la ley, y en cumplimiento de los  convenios internacionales firmados, al respecto, con la ONU, la OIT y otros organismos internacionales, tiene la obligación de  detener la ejecución de las explotaciones  mineras en ejecución que no estén cumpliendo con lo pactado en los convenios y tratados internacionales y con lasd normativas  de protección medioambientales así como con todos los proyectos mineros futuros hasta cuando los grupos  sociales que se afecten y  las áreas protegidas,  debido a la diversidad biológica se salvaguarden,  con el objeto de que queden debidamente protegidas y solucionados todos los problemas sociales  a tenor de los acuerdos y  de los convenios internacionales firmados .



Áreas Afectadas Por la decisión Presidencial:

s ESPEJOS  POR  ORO

500 años atrás
Con cruces y espejos nos vencieron.
Ahora el futuro trae más sangre que siempre
Y nos disfrazan su maldad con nuevas calles, puentes, escuelas
Y otras “bondades”;
Y el empleado público es contratado como mercenario gubernamental
Y su buena cara…de “lobo con piel de cordero”
Trata de conquistar al campesino, y sus ternuras,
Su sonrisa de oro fácil se ondea como pancarta
Aduciendo el desarrollo.
Hace tanto que caímos bajo la misma trampa
Espejos por oro,
Oro por almas.
Las cruces siguen,
Castigarán al caer tu cara
Y la falsedad de tus palabras
Serán tus hijos
Señalándote el futuro,
Te recordarán a diario que los cambiaste como espejos
Con un nudo en su garganta.

(Poema de César Augusto Angulo Navarro, costarricense)

Carlos Herrera Rozo.

viernes, 16 de noviembre de 2012


 EL Derecho a Un Mundo Justo

Un mundo justo requiere un mundo legalmente bien ordenado, un orden legal mundial que derive sus poderes legítimos del consentimiento de las personas y que tenga como único objeto garantizar sus derechos personalísimos dentro de las comunidades donde les ha tocado vivir, sus derechos básicos, es decir, los derechos humanos.

El orden legal mundial

El primer problema de la teoría de la justicia doméstica, vernácula, es el de definir el ámbito de una comunidad política determinada, quiénes forman parte de ella y quiénes son extranjeros. No se puede eludir arbitrariamente «el problema de la definición de la comunidad» y dando por supuesto que  los Estados actuales son «las unidades dentro de las cuales operan los principios de justicia”. Para una teoría de la justicia global, en un mundo globalizado, desde el puno de vista de la justicia y no de la economía como hoy sucede, radica en  el problema de establecer los criterios de delimitación de la comunidad política,  ya que desaparece, por definición, toda vez que, la comunidad política a estos efectos es la humanidad misma en su totalidad. Las objeciones que se han formulado a una delimitación de la comunidad tan sencilla pero tan extensa apelan tanto a su posibilidad como a su conveniencia dado que el desarrollo de las naciones tanto en lo cultural, como en lo político azas en la economía, difieren sensiblemente  unas  de otras.

Respecto a su posibilidad se aducen las evidentes diferencias entre la sociedad internacional y las sociedades nacionales amen de todas aquellas que dentro de un mismo conglomerado social discrepan y explotan sentimientos nacionalistas diversos por razones de lengua, origen e inclusive por razones puramente ideológicas como ocurre en varios países europeos. Principalmente se alega que en el ámbito internacional concurren un defecto institucional, la ausencia de un aparato coercitivo, y un defecto volitivo emocional, la ausencia de sentimiento comunitarios compartidos. Pero, debemos subrayar que, estos defectos son meramente contingentes y lo cierto es que argumentar la imposibilidad de configurar un demos universal porque no hay un previo ethnos (grupo étnico, nación) universal supone, por un lado, ignorar que «las naciones han sido con frecuencia el resultado de procesos de construcción nacional exitosos o no llevados a cabo por los Estados, voluntaria e impositivamente, sobre poblaciones carentes del deseado nivel de homogeneidad e identidad común y, de otro lado, incurrir en la falacia de olvidar las alternativas ya que si el cosmopolitismo defiende la promoción de un sentimiento étnico común -el humanismo- para fundar sobre él un orden legal universal es, obviamente, porque ni aquel sentimiento ni este orden existen actualmente. Lo que el cosmopolitismo pretende es, precisamente, ofrecer una alternativa.

Respecto a su conveniencia se aducen los riesgos de un estado mundial dotado de los poderes coercitivos -el monopolio institucional de la fuerza- que son propios de los Estados modernos o ejercido de facto por los países imperiales. Para responder a esta objeción hay que distanciarse de la idea de que un orden legal tiene necesariamente que revestir la misma forma de un Estado-nación soberano. Como se ha apuntado repetidamente, desde perspectivas en gran parte diferentes, hay que liberarse de la idea de un Estado mundial o de una república mundial para concebir un tipo de orden legal universal más complejo. Jurgen Habermas propone, en este sentido, un modelo de sociedad política mundial basado en una división de la soberanía en el que la presencia de un sólo actor, el Estado nación, que actúa en dos escenarios, el de la política interior y el de la política exterior, queda sustituida por la presencia de tres actores, la organización mundial, los Estados y los individuos, que actúan en tres escenarios, el supranacional, el transnacional y el estatal.

Algo muy parecido al modelo que bajo la discutible calificación de neo-medievalismo propuso H. Bull: «Si los Estados modernos llegaran a compartir la autoridad sobre sus ciudadanos y la lealtad de los mismos, con las autoridades regionales y mundiales, por un lado, y con las autoridades subestatales y subnacionales, por el otro, hasta el punto de que el concepto de soberanía dejase de ser aplicable, podríamos hablar del surgimiento de un orden político universal de tipo neomedieval»

.Un orden legal mundial democrático

Un problema bastante más complejo, es el de qué forma debería adoptar ese orden legal universal para ser un orden justo. Son varios los estudiosos que se han manifestado sobre las particularidades de este tema, entre ellos Hans Kelsen  que defiende las instituciones jurídicas globales pero rechaza como indeseable la idea de un gobierno global. Otros pensadores  creen que «Realizar nuestro interés prudencial y moral por un futuro en paz y económicamente viable exigirá  instituciones y organizaciones supranacionales que limiten los derechos de soberanía de los Estados de una manera más rigurosa de lo que hoy es habitual». Hans kelsen ya había señalado la incompatibilidad entre soberanía y orden normativo supraestatal.

No es extraño añadir a estas consideraciones la idea de un progreso paulatino e invocar, como referente, la experiencia de la Unión Europea, aun que  vistos los desajustes que se han presentado en los últimos tres años bien vale la pena dedicar más  tiempo al estudio  de su integración  política, bastante renqueante frente a la integración económica.

Como  se  ha  indicado, bajo el punto de vista de la teoría de los derechos humanos, este problema tiene contestación pues la legitimidad de la autoridad esta en función del consentimiento de los gobernados. La configuración de un orden democrático universal parece, sin embargo, haber suscitado numerosas objeciones que cuestionan la posibilidad de institucionalizar la democracia en una comunidad tan amplia y heterogénea cultural, ideológica y políticamente.

El punto de partida es el denominado dilema de Robert DaHl, pues fue él quien por primera vez planteó el posible dilema entre la calidad y la extensión de la democracia: «Este es el dilema entre participación ciudadana frente a la eficacia del sistema. Cuanto menor sea una unidad democrática, tanto mayor será el potencial de la participación ciudadana y tanto menor la necesidad de que los ciudadanos deleguen las decisiones políticas en representantes. Cuanto mayor sea la unidad, tanto mayor será la capacidad de éstos para lidiar con los problemas importantes de sus ciudadanos y tanto mayor será la necesidad de que los ciudadanos deleguen decisiones en sus representantes»

Este dilema, sin embargo, ofrece ciertas características paradójicas. Mientras que parece casi trivialmente obvio que la calidad intensiva de una democracia se alcanzaría con mayor efectividad en una comunidad humana pequeña y homogénea y resultaría cada vez más difícil de conseguirse en la medida en que la comunidad es más extensa y más heterogénea, lo que no resulta nada asequible es en qué momento cuantitativo y en qué grado de pluralismo la democracia resultaría inalcanzable o de tan mala calidad como para no merecer tal nombre, sin perder la perspectiva de que la “Geo Política Mundial” nos ofrece con mucha frecuencia ejemplos de democracias  fracasadas. A este problema de vaguedad que nos sitúa ante un típico sorites – (El sorites es un recurso estilístico usado habitualmente en la retórica. Se trata de un razonamiento resultado de la concatenación de varios enunciados verdaderos, siendo el sujeto de cada uno el predicado del anterior. Partiendo de unas premisas verdaderas se puede ir introduciendo retórica, fácil y gradualmente una falsedad, en cuanto se falte a alguna regla silogística de forma capciosa)- hay que añadir un ingrediente empírico también paradójico y es que no siempre las comunidades pequeñas son homogéneas y las grandes heterogéneas. Puede resultar fácil convenir en que la calidad democrática en los cantones suizos es elevada aunque, paradójicamente, Suiza resulta ser un Estado pequeño pero multilingüístico.

Los Estados Unidos de América, que hace mucho despertaron la admiración democrática de Alexis de Tocqueville, son una comunidad política amplia en número de miembros y en extensión territorial, multicultural en origen y, hasta tiempos muy recientes, prácticamente monolingüística. La India, por su parte, constituye una comunidad territorialmente extensa, inmensamente mayor en número de miembros y bastante compleja culturalmente. Todo ello no obstante, aceptamos que Suiza, Estados Unidos y la India constituyen ejemplos distintos de comunidades políticas soberanas democráticas ¿…?.

Obvio es decir que en el sistema de moralidad de los Estados una característica sobresaliente es la afirmación de la democracia en los Estados-nación y las relaciones no democráticas entre los Estados; el arraigo de la responsabilidad y de la legitimidad democrática dentro de las fronteras del Estado y la búsqueda del interés nacional (y de una ventaja política máxima) fuera de esas fronteras... Característica esta  que aplican en mayor o menor grado todos los países del mundo. Para establecer los términos de esta comparación cabe recordar que, en estos momentos, Suiza, la Confederación Helvética, es un Estado integrado por unos siete millones y medio de personas, que reconoce oficialmente tres idiomas distintos y se organiza en veintitrés cantones; los Estados Unidos forman un Estado integrado por unos trescientos cincuenta millones de habitantes, que no reconoce una lengua única oficial aunque prácticamente ha funcionado como exclusivamente anglófona hasta la reciente expansión del español como segunda lengua más hablada, y que se organiza en cincuenta Estados más el distrito federal; la India, finalmente, es un Estado integrado por unos mil doscientos millones de habitantes, que hablan unas cuatrocientas lenguas distintas, y se organiza en veintiocho Estados. Sobre la ausencia de correlación entre población y diversidad cultural.

Por otra parte, hay formas despóticas de gobierno asociadas a comunidades políticas mucho más pequeñas y/o mucho más homogéneas, Robert DaHl  al explorar sobre el tamaño de la democracia, habían abierto paso a la necesidad de imaginar unidades políticas más amplias y complejas en las que proyectar las exigencias de la democracia. Quince años después Robert DaHl todavía citaba a la Comunidad Europea como ejemplo de un crecimiento supranacional remarcando que «la mayor escala de las decisiones no tiene por qué conducir necesariamente a un sentimiento de mayor impotencia, siempre y cuando los ciudadanos estén en condiciones de ejercer un control significativo sobre las decisiones en todos los asuntos que corresponden a una escala menor pero trascendente para su vida diaria...»

(DaHl, consecuentemente, concluía que «de esta manera —y los ciudadanos de una sociedad democrática podrían encontrar otras— sería factible adaptar una y otra vez el proceso democrático a un mundo que se parece muy poco a aquel en el cual nacieron las ideas y las prácticas democráticas». No resulta, por tanto, conceptualmente imposible un mundo en el que exista un orden legal universal democrático. Habrá de ser, con toda probabilidad, un orden legal poliárquico mucho más parecido a los grandes Estados federales que a los estados-nación centralizados pero nada hay que impida que, en un diseño de ese tipo, se satisfagan las seis condiciones que Robert Dahl requería:

(1)    cargos públicos electos, (2) elecciones libres, imparciales y frecuentes, (3) libertad de expresión, (4) fuentes alternativas de información, (5) autonomía de las asociaciones y (6) ciudadanía inclusiva.

Robert Dahl citaba como ejemplos las dos Coreas, Yemen y Yemen del Sur, Alemania Oriental, Polonia, la República Árabe Unida y Haití. Actualizando estos ejemplos todavía podrían tener vigencia los de Yemen (que, tras la unificación de 1990, cuenta con algo más de veinte millones de habitantes con casi un 100 por 100 de población árabe y musulmana y que, en la práctica, sigue gobernado por un partido único) o Haití (con una población cercana a los nueve millones de habitantes, notablemente homogénea étnica y lingüísticamente, y que hasta las elecciones de 2006, tuteladas por la ONU, ha sido gobernada despóticamente).

 En efecto, en 1998 publica On Democracy, en la que si bien afirma que su dilema puede afrontarse y que «el desafío no consiste en detener el despliegue de la internacionalización —algo que resulta imposible—, sino en democratizar las organizaciones internacionales»  y que, para conseguirlo, «probablemente habría de desarrollarse algún tipo de identidad común, equivalente a la que existe en los países democráticos», al mismo tiempo califica la primera afirmación de «excesivamente optimista» y la segunda de «altamente improbable». Entre nosotros y en referencia al dilema de DaHl,  tenemos que hacer hincapié en   la relación necesaria entre democracia y soberanía y  nos mostramos  bastante escépticos respecto a la posibilidad de mantener esa relación en un nivel global.

Otros autores afirman, por el contrario, la posibilidad de democratizar las instituciones internacionales, incluso como un marco más apto para alcanzar la libertad, autores como J. Bohman.  David Held es, entre todos, el que con mayor definición ha diseñado un orden democrático cosmopolita y ha defendido la posibilidad de transitar desde el actual orden internacional, definido por la Carta de las Naciones Unidas, hacia ese orden ideal. Debemos sostener a pesar de todo y quizás en contra de  algunos sesudos pensadores, con mayor rotundidad todavía si cave, que «la democracia global   es posible y quizás deseable  y, además, que acabará siendo una realidad, no a la vuelta de unos lustros, sino mas bien  a la vuelta  de varios siglos. Por ahora debemos ocuparnos de la Democracia real  ya, de la que nos compete como ciudadanos del mundo y observando y respetando los tratados internacionales que no vulneren  las democracias y menos aun los derechos Humanos.

Carlos Herrera Rozo.